|
|
REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN FOTOGRÁFICA VILLAVERDE
1.- Todas las normas recogidas en este reglamento son de obligado cumplimiento para todos los
socios miembros de la Asociación Fotográfica Villaverde.
2.- Son miembros de la Asociación Fotográfica Villaverde todos aquellos socios de la misma desde
el momento del abono de la cuota de inscripción.
3.- Son miembros de la Asociación Fotográfica Villaverde con derecho a formar parte de su Junta Directiva
y a votar en las Asambleas Generales que tengan lugar los siguientes:
- Los socios fundadores.
- El resto de los socios con antigüedad en la Asociación superior a un año.
Los socios cuya antigüedad en la Asociación sea inferior a un año podrán asistir a cuantas Asambleas Generales
se celebren con derecho a hacer oír su voz, pero sin derecho a participar en las votaciones.
4.- Serán motivo de la pérdida de la condición de socio, y la consiguiente expulsión de la Asociación,
cada una de las siguientes circunstancias:
- Las faltas de respeto graves a otro socio.
- El ocasionar daños de forma intencionada a los locales y bienes de la Asociación o de otras
Asociaciones colaboradoras.
- El uso inapropiado de los locales y bienes de la Asociación.
- El uso indebido del nombre de la Asociación.
- El impago de más de dos cuotas.
- La reiterada falta de colaboración en aquellas tareas para el sostenimiento de la Asociación
a realizar por el conjunto de los socios.
Será responsabilidad de la Junta Directiva el decidir sobre la expulsión de un socio, como órgano encargado
de velar por el cumplimiento de este reglamento. En este sentido, podrá decidir la expulsión de un socio, previa
audiencia del mismo, siempre que sean favorables a ella la mitad más uno de sus miembros.
5.- Todos los socios son responsables de la limpieza y el mantenimiento de los locales y bienes de la Asociación,
así como de las zonas comunes utilizadas conjuntamente con otras asociaciones. Esto supone que cada socio asumirá
la limpieza y el orden de los medios que utilice, y colaborará en los turnos de limpieza de los locales que la
Junta Directiva establezca.
6.- Los locales de la Asociación podrán ser utilizados por los socios en el horario que se determine
previa presentación del carné correspondiente a la persona encargada de las llaves de acceso a los mismos, que
retendrá dicho carné hasta la devolución de las llaves, que siempre tendrá lugar en el mismo día.
7.- Los libros que constituyen la biblioteca de la Asociación son propiedad conjunta e indivisible de todos los socios
y están a disposición de los mismos en los locales de la Asociación no pudiendo sacarse de los mismos.
Excepcionalmente, y previa petición justificada por escrito al Secretario, podrán sacarse un máximo de dos libros por
persona durante una semana.
8.- El acceso de personas ajenas a la Asociación a los locales de la misma como invitados será posible siempre que estos
sean acompañados por algún socio y no perjudiquen la labor de otros socios. En cualquier caso, dichos invitados no podrán
hacer uso en beneficio propio de los materiales de la Asociación, exceptuando la biblioteca.
|
Asociación Fotográfica Villaverde - Nº Reg. CAM 26.955
web@photovillaverde.org
|